HABILITACIÓN A LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL PARA VIGILAR Y EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN FRENTE AL COVID-19 EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

A través de la Disposición final duodécima del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transporte y vivienda, se ha modificado el Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevencion, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, añadiéndose tres nuevos apartados, 4, 5 y 6, al artículo 31, con la siguiente redacción que puede descargarse a continuación.

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