¿Quiénes componen los colegios?
“Los colegios estarán integrados por los Aparejadores y Arquitectos Técnicos que sean admitidos en cada uno de ellos, siendo obligatoria la colegiación para quienes ejerzan la profesión libremente o en entidades particulares.»
Colegiación en Segovia
COAATSG
La colegiación faculta para ejercer la profesión en cualquier demarcación colegial distinta sin necesidad de una nueva colegiación, sin perjuicio de someterse al régimen económico propio de la demarcación de actuación. Todos los encargos profesionales formulados a los Arquitectos Técnicos, así como los documentos en que se materialicen los trabajos contratados, requieren el visado colegial para adquirir las condiciones reglamentarias precisas de validez.
Obligatoriedad de la Colegiación
¿Por qué es obligatorio colegiarse?
Como se desprende del artículo 8º del Estatuto Particular del COAAT de Segovia, será obligatoria la colegiación para el ejercicio libre de la profesión de aquellos Aparejadores y/o Arquitectos Técnicos que tengan establecido su domicilio profesional, único y principal en la provincia de SEGOVIA.
¿Quieres colegiarte?
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Si no, rellena los PDF adjuntos debajo de este formulario y remítelos debidamente cumplimentados a visagos@coaatsg.es. Gracias.
Formularios PDF Colegiación
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